Conoce aquí cómo aplicar al incentivo de $ 6.000 del Miduvi para una casa, así como ampliaciones y remodelaciones. A través de redes sociales oficiales del Programa Creamos Vivienda, el Gobierno del Ecuador ha publicado su sistema de incentivos de vivienda dirigidos a grupos de ecuatorianos. Estos incentivos incluyen la construcción, reconstrucción o reparación de una vivienda.
El Gobierno del Encuentro, a través del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda – MIDUVI, implementa el programa Creamos Vivienda. Este programa tiene como objetivo reducir el déficit habitacional y mejorar la calidad de vida de los ecuatorianos mediante la construcción de viviendas adecuadas y sostenibles.
Adicionalmente, a través del Acuerdo Ministerial Nro. MIDUVI-MIDUVI-2022-0011-A se establecieron las bases para los subsidios e incentivos para la obtención de viviendas. En esta ocasión, dentro de este artículo se explicará todo lo relacionado con los incentivos del MIDUVI, a quien están dirigidos y los requisitos para aplicar.
¿Cómo aplicar al incentivo de $ 6.000 del Miduvi?
El incentivo de $ 6.000 del Miduvi está dirigido principalmente a los damnificados del Terremoto del 2016. Se trata de un incentivo económico no reembolsable del Gobierno Nacional, direccionado por el MIDUVI para:
- Construcción de vivienda en Terrenos Urbanizado por el Estado
Incentivo dirigido para la construcción o adquisición de vivienda en terrenos urbanizados de propiedad del Estado,
- Reconstrucción en Terreno Propio
Destinado para la reconstrucción de la vivienda en terreno propio de aquellas familias damnificadas que perdieron su casa en el ámbito urbano, urbano marginal o rural.
- Reparación de Vivienda Recuperable
Este incentivo está destinado a financiar la recuperación de la vivienda con daños no estructurales ubicados en el terreno de propiedad de las familias damnificadas.
- Compra o Construcción de Vivienda
Finalmente, este último incentivo de $ 6.000 del Miduvi está a favor de las familias que sean sujetos de crédito, que tengan capacidad de endeudamiento y/o recursos para adquirir o construir una vivienda.
Otros Incentivos del MIDUVI
Además del incentivo de $ 6.000 del MIDUVI dirigido para familias damnificadas del Terremoto del 16A, se establecieron otros incentivos económicos de hasta 15 SBU o $ 6 375. Estos está dirigidos a:
- Ampliaciones y remodelaciones de viviendas de Interés Social
- Prestación de Servicios Públicos
- Construcción de Viviendas de Pueblos y Nacionalidades del Ecuador en Terrenos Comunitarios y/o Asociativos
- Deportistas destacados
- Héroes y Heroínas del país
Para conocer más sobre estos incentivos antes mencionados al final del este artículo estará disponible un botón de enlace al Acuerdo Ministerial de los Subsidios e Incentivos para Viviendas del MIDUVI.
Requisitos para aplicar al incentivo de $ 6.000 del MIDUVI
De forma general, los requisitos para aplicar a los incentivos antes mencionados son los siguientes:
- Ser ecuatoriano o extranjero residente permanente en el Ecuador.
- Cumplir con una calificación máxima de hasta 60 puntos, conforme las regulaciones establecidas por la unidad a cargo del registro social.
- La o el postulante y su núcleo familiar no deben ser dueños ni poseedores de otro inmueble a nivel nacional. De ser el caso, salvo por aquel en el que se va a utilizar el incentivo.
- Declaración responsable en la que se deberá indicar:
- Datos generales de ley de la o el postulante y de las personas que conforman su núcleo familiar.
- Declarar que la o el postulante y los miembros de su núcleo familiar de 18 años de edad o mayores, no son dueños ni poseedores de un bien inmueble a nivel nacional, a excepción de la vivienda en donde se destinará el incentivo.
- En el caso de que el incentivo esté dirigido a la prestación de servicios públicos, declarar que la vivienda no cuenta con los mismos.
Postulación y proceso de calificación de beneficiarios
Las personas interesadas en acceder a cualquiera de los incentivos de de $ 6.000 o más del MIDUVI, podrá postular a través de las siguientes modalidades:
- Virtualmente a través de la página web institucional del ente rector de hábitat y vivienda: www.habitatyvivienda.gob.ec.
- Presencialmente en las oficinas de las unidades desconcentradas regionales o provinciales del ente rector de hábitat y vivienda.
Por otro lado, respecto al procedimiento para la calificación de personas beneficiarias se aplicará lo siguiente:
- Una vez receptada la postulación, la o el servidor responsable de la unidad desconcentrada regional o provincial pertinente procederá a analizar y verificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos establecidos.
- Si se cumplen los requisitos y la documentación está completa, las o los servidores competentes de las áreas técnica y social, procederán a realizar la inspección y validación del terreno o vivienda, según sea el caso.
- Realizada esto, los servidores competentes emitirán el informe de viabilidad técnica y social favorable para calificar a la o el postulante como beneficiario o beneficiaria del incentivo.
- Seguido, se notificará a la persona beneficiaria, quien esperará por la entrega del incentivo.
- La asignación del incentivo procederá conforme la disponibilidad presupuestaría del ente rector de hábitat y vivienda.
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Fuente: Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda – MIDUVI – Incentivos de Vivienda. Disponible en: https://www.habitatyvivienda.gob.ec/bonos-de-vivienda/